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PLAN DE CONTINGENCIA COVID-19 | Revisión 16 de septiembre de 2020

En el ámbito de seguridad laboral, las empresas deben realizar un plan de contingencia identificando el riesgo de exposición al virus de las diferentes actividades y adoptando medidas
de protección en cada caso, así como protocolos para la protección de la plantilla y de los empleados o empleadas que manifiesten síntomas. Las empresas deberán adoptar aquellas medidas
preventivas de carácter colectivo o individual que sean indicadas, en su caso, por el servicio prevención de acuerdo con la evaluación de riesgos, esto es, en función del tipo de actividad,
distribución y características concretas de la actividad que la empresa realice.

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